En cualquier Registro Civil los ciudadanos pueden solicitar un Cambio de Nombre o de apellidos o incluso el orden de los mismos. Detallamos a continuación todos los requisitos para solicitar el trámite.

  1. Cambio de nombre y/o apellidos – Requisitos
  2. Documentación necesaria
  3. Cuánto cuesta el cambio de nombre

Cambio de nombre y/o apellidos – Requisitos

La ley recoge varios motivos por los que una persona puede proceder al cambio de nombre y apellidos o a la inversión de estos últimos. Aunque existe libertad para cambiar el nombre, hay limitaciones: no pueden ponerse más de uno compuesto o de dos nombres únicos, no debe perjudicar al interesado, no puede provocar confusión en la identificación del género de la persona, ni ser el mismo que ya tenga un hermano vivo.

Requisitos de la solicitud de cambio de apellidos

Para el cambio de apellidos se pide como requisito fundamental alegar una causa justa, con la que no se perjudique a terceras personas. Además, los nuevos apellidos deben pertenecer legítimamente a la persona y a las dos líneas de progenitores.

Requisitos de la solicitud de cambio de nombre

La legislación contempla el derecho a cambiar el nombre, siempre y cuando se alegue una causa justa por la que no se vean afectadas terceras personas o cuando afecten a cambios insignificantes en la grafía del mismo. Puede ser solicitado por un mayor de edad o por los representantes legales de un menor o un incapacitado.

El cambio puede pedirse en el Registro Civil correspondiente al domicilio del interesado, en el que figure su fecha de nacimiento. Para ello hay que reunir una serie de requisitos:

  • Que el nombre no cumpla las leyes establecidas en la legislación.
  • Que sea solicitado por el interesado alegando una causa justa o porque use habitualmente un nombre diferente al que consta en su registro.
  • Cuando sea necesario adaptarlo a las reglas fonéticas o gráficas de las lenguas españolas.
  • Cuando se trate de traducir un nombre extranjero al español.
  • Cuando la finalidad sea modificar la mención del sexo en el Registro.

Documentación necesaria

La solicitud de modificación del nombre se puede presentar por correo certificado o de manera presencial en el mismo Registro Civil. Debe ir acompañada de una fotocopia del DNI, del libro de familia, de la inscripción de nacimiento del interesado y del certificado de empadronamiento. Junto a esto, debe ir la prueba que acredite el motivo por el que se desea modificar el nombre, la utilización cotidiana del nombre que se propone para el cambio y partida de bautismo.

Igualmente, la ley permite el cambio o la inversión del orden de los apellidos y la regularización ortográfica de los mismos. Puede ser solicitado por el interesado mayor de edad, compareciendo en el Registro Civil donde esté empadronado, o, en su caso, por sus representantes legales.

Para la inversión del orden de los apellidos se pide presentar una solicitud escrita, dirigida al Juez correspondiente del Registro Civil, en la que quede reflejada la causa que motiva al cambio. Deberá ir acompañada de una fotocopia del DNI, del certificado de nacimiento del interesado y del libro de familia de quien solicita la alteración del orden de los apellidos.

Para los casos de cambio de los apellidos es necesario presentar una fotocopia del DNI, del certificado de empadronamiento, de nacimiento del interesado y de quien provenga el apellido que se pretende cambiar y del libro de familia. Además, se piden documentos que demuestren el uso habitual de los apellidos, el consentimiento del titular de los apellidos y un escrito en el que figuren los motivos fundamentados por los que se quiere proceder a la modificación de los apellidos.

Cuánto cuesta el cambio de nombre

Tanto los trámites de modificación del nombre y apellidos como los de la inversión son totalmente gratuitos.