Padrón municipal de Jerez

Padrón Municipal

Padrón Municipal de Jerez

Dirección:
C/ Consistorio, 15 (Jerez)
Código postal:
11403
Horario:
Lunes a Viernes 08:00-15:00
Teléfono:
956 999 300
Fax:
956 359 363

¿Necesita tramitar un certificado del Registro Civil online?

Trámites disponibles en el padrón de Jerez:

Empadronarse en Jerez

Certificado de empadronamiento

Todas las personas que residan en un municipio de manera habitual deben inscribirse en el padrón. Esto incluye a los ciudadanos nacionales, así como a los extranjeros con permiso de residencia.

Los pasos para empadronarse en Jerez son:

  • Acudir al ayuntamiento de la localidad.
  • Solicitar el formulario de empadronamiento y completarlo con los datos personales.
  • Presentar la documentación necesaria.
  • Firmar la declaración de empadronamiento.

Una vez empadronado en la localidad podrá obtener el certificado de empadronamiento,este certificado es necesario para ciertos trámites con el registro civil, así como para el cobro de herencias, justificación de residencia y solicitud de prestaciones sociales.

Cita previa en el Padrón municipal de Jerez

Le recomendamos solicitar cita previa a través de la web del ayuntamiento o mediante teléfono para evitar colas.

Horario del Padrón en Jerez

El horario más habitual de las oficinas del Padrón municipal es de Lunes a Viernes desde las 8:00 hasta las 15:00, no obstante le recomendamos que contacte antes con su oficina más cercana para confirmar el horario exacto.

Documentación requerida para empadronarse

La documentación necesaria para la inscripción en el padrón es:

  • Formulario de inscripción disponible en los ayuntamientos o en sus páginas web donde constan sus datos de contacto (nombre completo, DNI, dirección, fecha de nacimiento, etc)
  • Documento que acredite la identidad (DNI, pasaporte o libro de familia)
  • Documento que acredite la residencia en la vivienda (escritura de compra, contrato de alquiler, recibo actual de teléfono, agua, electricidad, etc)

En caso de cambio de domicilio a otro municipio no es necesario dar de baja su inscripción en el ayuntamiento de origen, ya que la baja será realizada de manera automática por el nuevo ayuntamiento de residencia.

Darse de baja en el padrón de Jerez

Una persona puede darse de baja en el padrón por diferentes motivos, como el fallecimiento, el cambio de residencia a otro municipio o país, o por decisión personal.

También puede darse de baja de oficio si se comprueba que la persona ya no reside en el municipio o si han pasado ciertos plazos sin renovar el empadronamiento.

Para darse de baja en el padrón, es necesario acudir al ayuntamiento y presentar la documentación correspondiente, como el DNI, NIE o pasaporte, y un justificante que acredite el motivo de la baja.

Empadronamiento para extranjeros en Jerez

Para extranjeros que viven en España es obligatorio empadronarse si vas a vivir en el país por más de 6 meses.

Los documentos a aportar para empadronarse en caso de ser extranjero son:

  • Pasaporte o tarjeta de residencia
  • Contrato de alquiler o escritura de propiedad de vivienda en España
  • Una factura reciente de servicios públicos a su nombre, como electricidad, gas o agua

Estar empadronado permitirá obtener de la tarjeta sanitaria para poder acceder a la atención médica pública en España.

Además si no se está empadronado, puede ser más difícil renovar el visado o solicitar la residencia permanente en España.

Otras oficinas del Padrón cerca de Jerez

A continuación mostramos las oficinas del Padrón municipal más próximas a Jerez.

Padrón cerca de Jerez Ciudad Distancia

Padrón Puerto Real Puerto Real18 Km

Padrón Trebujena Trebujena21 Km

Padrón Rota Rota21 Km

Padrón Sanlúcar De Barrameda Sanlúcar De Barrameda22 Km

Padrón Cádiz Cádiz22 Km

Padrón Lebrija Lebrija26 Km

Padrón Chipiona Chipiona27 Km

Padrón Chiclana De La Frontera Chiclana De La Frontera30 Km

Padrón Arcos De La Frontera Arcos De La Frontera30 Km

Padrón Paterna De Rivera Paterna De Rivera30 Km